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CAPÍTULO III

Artículo 87

Ley 64 de 2012 (Derecho de Autor y Derechos Conexos)

Las controversias que surjan entre el cedente o el licenciante y el cesionario o el licenciatario, según el caso, se regirán por la vía del procedimiento ordinario especial previsto en la legislación sobre Defensa de la Competencia y supletoriamente por las disposiciones del Código Judicial, salvo que las partes acuerden someterlas a arbitraje. CAPÍTULO IV Autorización de Libre Utilización de la Obra mediante Declaración Pública Artículo 88

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