Artículo 67
Ley 51 de 2005 (Organica de la Caja de Seguro Social, Texto Unico 2025)
. Principios de transparencia en la contratación pública. La selección de contratista por la Caja de Seguro Social deberá realizarse con base en los siguientes principios: 1. Promoción de la más amplia competencia en las compras y en los contratos.
2. Precios más favorables. 3. Garantía de calidad. 4. Obtención eficiente y expedita de suministros y servicios. 5. Imparcialidad y transparencia. 6. Equidad en la relación con los contratistas. 7. Flexibilidad razonable para decidir las situaciones de urgencia. 8. Mayor tiempo de vida útil de los bienes objeto de la adquisición y su compatibilidad
con nuevas tecnologías. Esto incluye la compra y manejo de medicamentos y dispositivos médicos, de acuerdo con las buenas prácticas en farmacia, para garantizar que los productos farmacéuticos lleguen al paciente con la calidad, eficacia y seguridad necesarias.
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