Artículo 28
Ley 51 de 2005 (Organica de la Caja de Seguro Social, Texto Unico 2025)
. Proceso de selección de miembros. Los gremios, asociaciones o colectivos responsables de la elección de los miembros de la Junta Directiva de la Caja de Seguro Social deben garantizar que los candidatos cumplan con los requisitos establecidos en esta Ley, que estén calificados para servir como miembros de dicho órgano, no tengan conflictos de intereses que impidan desarrollar sus tareas de manera objetiva e independiente y sean
capaces de dedicar el tiempo y esfuerzo necesarios para cumplir con las responsabilidades que les competen.
Además, deben velar por la existencia de un plan de sucesión apropiado en relación con sus integrantes y transmitirles a los nuevos adecuadamente sus deberes y responsabilidades.
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