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Sección 1.ª Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte

Artículo 154

Ley 51 de 2005 (Organica de la Caja de Seguro Social, Texto Unico 2025)

. Asegurados comprendidos en el Subsistema Exclusivamente de Beneficio Definido. Estarán cubiertos por el Subsistema Exclusivamente de Beneficio Definido: 1. Los pensionados por Invalidez, Vejez y Muerte a la entrada en vigencia de la presente reforma y los que se pensionen en él. 101 2. Todas las personas afiliadas a la Caja de Seguro Social que al 1 de enero de 2006 hayan superado la edad de treinta y cinco años. 3. Las personas afiliadas a la Caja de Seguro Social que al 1 de enero de 2006 tengan treinta y cinco años de edad o menos y que al 31 de diciembre de 2007 no optaron por participar en el Subsistema Mixto.

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