Sección 3.ª Prestaciones en Salud
Artículo 141
Ley 51 de 2005 (Organica de la Caja de Seguro Social, Texto Unico 2025)
. Negación a recibir tratamiento. A los asegurados sometidos a tratamiento que no cumplan las prescripciones médicas, se les podrá suspender el derecho a los beneficios por enfermedad no profesional y maternidad, mientras dure esta situación.
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