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Sección 3.ª Prestaciones en Salud

Artículo 135

Ley 51 de 2005 (Organica de la Caja de Seguro Social, Texto Unico 2025)

. Prestaciones. Para el Riesgo de Enfermedad y Maternidad, la Caja de Seguro Social garantizará a sus asegurados y dependientes las siguientes prestaciones y servicios: 1. Prestaciones en salud. Consisten en la atención integral que incluye: atención preventiva, ambulatoria, hospitalaria, quirúrgica, odontológica, farmacéutica y otros servicios de detección, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación, que serán brindados por equipos de salud multidisciplinarios. La Caja de Seguro Social prestará los servicios encomendados a través de las siguientes formas: directamente, con su propio personal y en sus instalaciones; e indirectamente, a través de acuerdos o convenios de coordinación, integración y unificación con organismos públicos en términos que permitan el óptimo aprovechamiento de la capacidad instalada. Estos acuerdos o convenios se realizarán con el fin de evitar la duplicidad de servicios, costos innecesarios, carencia o insuficiencia de los servicios, sin menoscabo de la autonomía económica, funcional y administrativa de la Caja de Seguro Social y con la debida compensación de los costos de los servicios que se obtengan o brinden. De igual forma, podrá establecer acuerdos de prestación de servicios con el sector privado. Para fortalecer los servicios de atención existentes, la institución deberá garantizar la aplicación de normas de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos, oportunamente, así como la planificación de los recursos humanos y físicos requeridos. 2. Prestaciones económicas. Consisten en el pago de un subsidio a los empleados, trabajadores independientes y asegurados voluntarios que opten por participar en este riesgo, que sufran una enfermedad o lesión que les produzca incapacidad temporal para el trabajo, que no sea producto de una enfermedad o accidente laboral y de un subsidio de maternidad que cubra el periodo de reposo que se le reconoce a la empleada por gravidez o adopción.

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