Artículo 82
Ley 30 de 1984 (Contrabando y Defraudacion Aduanera)
La Comisión de Apelaciones Aduaneras estará integrada por tres (3) miembros principales, cuyas decisiones se tomarán por simple mayoría de votos y un (1) secretario que suplirá las ausencias de los principales.
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