TÍTULO VI - Constitución del Régimen de Propiedad Horizontal
Artículo 40
Ley 284 de 2022 (Regimen de Propiedad Horizontal)
.
Todas las operaciones sobre inmuebles sujetos al Régimen de Propiedad Horizontal se inscribirán en el Registro Público de Panamá, de conformidad con lo establecido en el Capítulo II, Título II, Libro V del Código Civil, la Ley 3 de 1999 y demás normas emitidas por el Registro Público.
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