CAPÍTULO III
Artículo 76
Ley 23 de 2015 (Prevencion de Blanqueo de Capitales)
Reglamentación. El Órgano Ejecutivo, mediante los organismos de supervisión,
reglamentará esta Ley, en un plazo de hasta ciento veinte días, contado a partir de su entrada en
vigencia.
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