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CAPÍTULO III

Artículo 67

Ley 23 de 2015 (Prevencion de Blanqueo de Capitales)

Representación Internacional. La República de Panamá como sujeto de Derecho Internacional participará activamente en los organismos regionales e internacionales especializados en el combate de los delitos de blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva. El Órgano Ejecutivo designará a los representantes del Gobierno ante los organismos vinculados al combate del blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva tomando en cuenta la naturaleza y funciones de los organismos y de la institución del Gobierno de la República de Panamá en los esfuerzos en esta materia. En los casos en que la representación sea asumida por una institución gubernamental diferente a la Unidad de Análisis Financiero para la Prevención del Delito de Blanqueo de Capitales, Financiamiento del Terrorismo, esta última podrá brindar su apoyo técnico como ente especializado en la materia. La representación ante el Grupo Egmont será ejercida por la Unidad de Análisis Financiero para la Prevención del Delito de Blanqueo de Capitales y Financiamiento el Terrorismo. 9 Actualizado en base al Artículo 127 de la Ley 21 de 10 de mayo de 2017. Los representantes del gobierno de la República de Panamá ante los organismos vinculados al combate del blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva deberán presentar a fines de cada trimestre un informe sobre los asuntos tratados con esos organismos al Ministerio de Economía y Finanzas, en su condición de órganos de coordinación de la comisión de Alto Nivel contra el Blanqueo de Capitales, Financiamiento del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva. En el caso de misiones oficiales y actos efectuados en el extranjero, dicho informe deberá presentarse a más tardar treinta días calendario, después de terminada la misión.

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