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Artículo 3

Ley 23 de 2015 (Prevencion de Blanqueo de Capitales)

Fines. Son fines de la presente Ley: 1. Prevenir el blanqueo de capitales, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, mediante la supervisión de la proliferación de armas de destrucción masiva, mediante la supervisión de los sujetos obligados, los sujetos no financieros y las actividades realizadas por profesionales sujetas a supervisión. 2. Crear la coordinación nacional en temas de prevención del blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva. 3. Introducir la metodología de prevención de blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, con un enfoque basado en el riesgo, que permita adoptar medidas y asignar recursos de forma proporcional a la exposición de los riesgos identificados para su administración. 4. Ordenar los principios y deberes que en materia de prevención del blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva están obligados a seguir los organismos de supervisión y los sujetos obligados financieros, sujetos obligados no financieros y actividades realizadas por profesionales sujetas a supervisión, así como la institución responsable del análisis de inteligencia financiera. 5. Fortalecer las funciones de prevención y mitigación de los organismos de supervisión. 6. Establecer los mecanismos de recolección, recepción y análisis de información de inteligencia financiera. 7. Introducir los criterios y las recomendaciones para la imposición de sanciones por incumplimiento de la Ley. 8. Ordenar la representación de la República de Panamá ante organismos internacionales vinculados al combate del blanqueo de capitales, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, para los fines de cooperación internacional y cumplimiento de compromisos internacionales adquiridos por el país en esta materia.

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