Matlock

Artículo 16

Ley 23 de 2015 (Prevencion de Blanqueo de Capitales)

Período y Requisitos. Para efectos de lo establecido en el numeral 5 del artículo anterior, el miembro del sector privado designado por el presidente de la república ejercerá el cargo por un período de cinco años concurrente con el período presidencial y requiere cumplir con los requisitos siguientes: 1. Ser ciudadano panameño. 2. Poseer título universitario y experiencia mínima de diez años en los sectores afines a los sujetos obligados no financieros. 3. No haber sido condenado por autoridad competente por delito doloso. 4. No desempeñar cargo público a tiempo completo, excepto el de profesor en centros universitarios. 5. No haber sido inhabilitado para el ejercicio de la Administración Pública o de su profesión. 6. No haber sido declarado judicialmente en quiebra ni en concurso de acreedores, o encontrarse en estado de insolvencia manifiesta. 7. No ser director, dignatario, gerente de alguno de los sujetos obligados no financieros, ni accionista que posea, directa o indirectamente, más del 5% de las acciones de una empresa calificada como sujeto obligado no financiero.

¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?

Pregúntale a Matlock →
¿Prefieres que te lo lean o resuman? Prueba DocuVoice, nuestro lector de documentos con IA.