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Artículo 176

Ley 22 de 2006 (Contrataciones Publicas, Texto Unico)

Datos abiertos en compras públicas. La Dirección General de Contrataciones Públicas tendrá la obligación de divulgar las estadísticas de los contratistas, procedimientos de contratación y excepciones de procedimientos de selección de contratista, en todas sus etapas, a fin de que la ciudadanía esté informada de la ejecución de los proyectos de inversión e infraestructura y adquisiciones de bienes y servicios en formato de contrataciones abiertas y datos abiertos. En las obras infraestructura pública que realicen las entidades licitantes el contratista garantizará la divulgación y acceso a la información a las comunidades en los avances en la ejecución y finalización, así como el impacto que estas tendrán en las comunidades, promoviendo la participación ciudadana y la auditoría social. Capítulo XXII Disposiciones Adicionales

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