Matlock

Artículo 17

Ley 22 de 2006 (Contrataciones Publicas, Texto Unico)

Profesionalización de los servidores públicos. La Dirección General de Contrataciones Públicas desarrollará un programa de capacitación destinado a los servidores públicos que laboren en los departamentos o direcciones de compras y a todo el que intervenga en los procesos de contrataciones públicas, así como en el seguimiento y ejecución de los contratos realizados por las entidades estatales. Dicho programa de capacitación estará dirigido a todos los servidores públicos de los departamentos o direcciones de compras, los cuales serán evaluados y actualizados regularmente sobre temas de contratación pública y serán los encargados de garantizar el buen funcionamiento y la aplicación de los principios de la contratación pública en los procesos de compras del Estado desde el inicio hasta el final. Los departamentos o las direcciones de compras institucionales se constituyen en enlaces entre la Dirección General de Contrataciones Públicas y las entidades públicas contratantes, y serán responsables por el cumplimiento de las políticas, los lineamientos y las directrices que sean establecidos por esta Dirección y por la ejecución de todos los procedimientos de contrataciones públicas objeto de esta Ley. El programa de profesionalización, las horas de capacitación, así como los derechos y obligaciones de los servidores públicos, serán coordinados con la Dirección General de Carrera Administrativa, con la finalidad de que sean integrados dentro del Manual Único de Clasificación de Puestos del Estado.

¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?

Pregúntale a Matlock →
¿Prefieres que te lo lean o resuman? Prueba DocuVoice, nuestro lector de documentos con IA.