Artículo 161
Ley 22 de 2006 (Contrataciones Publicas, Texto Unico)
Apego a las normas. Todos los procesos se efectuarán con arreglo a las normas de uniformidad, imparcialidad, celeridad, economía y eficacia y con apego al principio de estricta legalidad.
Las reclamaciones que tengan cuantías superiores a los cincuenta mil balboas (B/.50 000.00) deberán ser interpuestas por apoderado legal, al igual que todos los recursos de impugnación.
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