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Artículo 116

Ley 22 de 2006 (Contrataciones Publicas, Texto Unico)

Contratos de prestación de servicios de promoción y publicidad para pautas publicitarias y relaciones públicas en el extranjero. Quedan comprendidos en esta modalidad de contratación los contratos que se celebren con empresas extranjeras no registradas en Panamá y cuya ejecución se cumpla totalmente fuera del territorio de la República de Panamá, aunque indirectamente tenga efectos dentro del país. El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas “PanamaCompra” deberá habilitar un espacio para que se contemple la publicidad de los contratos, las órdenes de compra o la información de transferencias bancarias que se realicen con las empresas internacionales destinadas de manera exclusiva a la promoción, publicidad y relaciones públicas. Para efectos de la ejecución y liquidación de estos contratos, así como para la resolución de conflictos entre las partes contratantes, será aplicable esta Ley.

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