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CAPÍTULO I

Artículo 39

Decreto Ley 3 de 2008 - Servicio Nacional de Migracion

Los nacionales para salir del país deberán presentar el pasaporte vigente o el salvoconducto y cumplir con los demás requisitos que establece el presente Decreto Ley. No. 25986Gaceta Oficial Digital, martes 26 de febrero de 200814 El Servicio Nacional de Migración llevará un registro de control migratorio de las personas menores de edad, en el cual se incluirán sus identidades, el país de destino, la identificación de la persona responsable y el documento de autorización.

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