Matlock

CAPÍTULO III

Artículo 3

Decreto Ejecutivo 13 de 2023 (Reglamenta Ley 204 de 2021, Pesca y Acuicultura)

Principios. Para interpretar y aplicar las disposiciones del presente Reglamento, la Autoridad, órganos administrativos y consultivos, y demás personas que se relacionen directa o indirectamente con las actividades de la pesca, de acuicultura, actividades conexas y actividades relacionadas con la pesca, deberán tener en consideración, además de las normas legales, reglamentarias y administrativas vigentes, los siguientes principios generales del sector pesquero y acuícola: Sostenibilidad. Los ecosistemas acuáticos, sean estos marinos o continentales, deben ser utilizados con prácticas responsables de pesca y acuicultura, garantizando la opción de beneficios para las actuales y futuras generaciones. Criterio precautorio. Criterio que se aplica en la conservación, la ordenación y la explotación de los recursos acuáticos vivos, con el fin de protegerlos y de preservar el medio acuático, tomando en consideración los datos científicos más fidedignos disponibles. Ante la falta de información científica adecuada, se tomarán las medidas correspondientes en atención al principio de precaución ambiental establecido en las normas de derecho internacional ambiental. Participación ciudadana. Las organizaciones de los sectores de la pesca y acuicultura, las comunidades y las familias relacionadas directamente con las actividades de la pesca y la acuicultura tendrán espacio de opinión y actuación en la ejecución de la presente Ley, políticas y acciones consecuentes. Cooperación. La voluntad de colaboración entre los actores claves del desarrollo integrado de este sector. Prevención. La adopción de decisiones dirigidas a anticipar efectos adversos, prevenir consecuencias perjudiciales y, en su caso, evitar disminuir o mitigar eventuales efectos negativos, actuando con la diligencia debida. Enfoque ecosistémico. Visión integrada de manejo de las tierras, aguas y recursos vivos que tiene por finalidad su conservación y uso sostenible de un modo equitativo. Incluye el análisis de todos los procesos, funciones e interacciones entre los componentes y recursos, vivos y no, del ecosistema, e implica el manejo de las especies y de otros servicios y bienes ecosistémicos. Bajo este enfoque se reconoce, además, que el ser humano y la diversidad de culturas son componentes integrales de los ecosistemas, considerándose los impactos acumulativos derivados de sus múltiples actividades, así como la relevancia socioeconómica de estas.

¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?

Pregúntale a Matlock →
¿Prefieres que te lo lean o resuman? Prueba DocuVoice, nuestro lector de documentos con IA.