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CAPÍTULO V

Artículo 112

Decreto Ejecutivo 13 de 2023 (Reglamenta Ley 204 de 2021, Pesca y Acuicultura)

Licencia de actividad conexa a la pesca o a la acuicultura de otras actividades conexas. Toda persona natural o jurídica que realice otras actividades conexas a la pesca o a la acuicultura, diferentes a las establecidas en los artículos anteriores, deberá contar con una licencia de actividad conexa a la pesca o a la acuicultura de otras actividades conexas, expedida por la Autoridad.

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