CAPÍTULO V
Artículo 112
Decreto Ejecutivo 13 de 2023 (Reglamenta Ley 204 de 2021, Pesca y Acuicultura)
Licencia de actividad conexa a la pesca o a la acuicultura de otras actividades conexas.
Toda persona natural o jurídica que realice otras actividades conexas a la pesca o a la acuicultura, diferentes a las establecidas en los artículos anteriores, deberá contar con una licencia de actividad conexa a la pesca o a la acuicultura de otras actividades conexas, expedida por la Autoridad.
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