CAPÍTULO 1º
Artículo 266
Constitucion Politica de la Republica de Panama
La ejecución o reparación de obras nacionales, las compras que se
efectúen con fondos del Estado, de sus entidades autónomas o semiautónomas
o de los Municipios y la venta o arrendamiento de bienes pertenecientes a los
mismos se harán, salvo las excepciones que determine la Ley, mediante licitación
pública.
La Ley establecerá las medidas que aseguren en toda licitación el mayor beneficio
para el Estado y plena justicia en la adjudicación.
Oficina de implementación del Sistema Penal AcusatorioConstitución Política de la República de Panamá
CAPÍTULO 2º
EL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO
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