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CAPÍTULO 1º

Artículo 266

Constitucion Politica de la Republica de Panama

La ejecución o reparación de obras nacionales, las compras que se efectúen con fondos del Estado, de sus entidades autónomas o semiautónomas o de los Municipios y la venta o arrendamiento de bienes pertenecientes a los mismos se harán, salvo las excepciones que determine la Ley, mediante licitación pública. La Ley establecerá las medidas que aseguren en toda licitación el mayor beneficio para el Estado y plena justicia en la adjudicación. Oficina de implementación del Sistema Penal AcusatorioConstitución Política de la República de Panamá CAPÍTULO 2º EL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO

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