CAPÍTULO 1º
Artículo 210
Constitucion Politica de la Republica de Panama
Los Magistrados y Jueces son independientes en el ejercicio de
sus funciones y no están sometidos más que a la Constitución y a la Ley; pero
los inferiores están obligados a acatar y cumplir las decisiones que dicten sus
superiores jerárquicos al revocar o reformar, en virtud de recursos legales, las
resoluciones proferidas por aquellos
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