CAPÍTULO IV
Artículo 51
Codigo de Trabajo
Las infracciones a las disposiciones de este capítulo serán sancionadas con multas de 25 a 200 balboas, según la gravedad de la infracción, que impondrán las autoridades administrativas de trabajo o los tribunales de trabajo.
SECCIÓN TERCERA
Vacaciones
Artículos 52 a 61
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