CAPÍTULO IX
Artículo 279
Codigo de Trabajo
Para los efectos del presente capítulo se entiende por obras o actividades de construcción las que tienen por objeto la edificación en cualquiera de sus ramas, que incluye su reparación, alteración y ampliación; la demolición, movimiento de tierra y la ejecución de obras de ingeniería civil, mecánica y eléctrica.
Artículo citado en: 13 sentencias, una disposición normativa
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