TÍTULO PRELIMINAR Principios generales
Artículo 16
Codigo de Trabajo
Si existieren contratos simulados o fraudulentos de arrendamiento de un establecimiento o negocio, el arrendador responderá solidariamente con el arrendatario por todas las obligaciones laborales surgidas durante la vigencia del arrendamiento, sin perjuicio de la aplicación de las normas sobre sustitución del empleador en lo que fueren más favorables a los trabajadores.
Se presumen como simulados o fraudulentos los contratos de arrendamiento cuando traen como consecuencia el incumplimiento de las prestaciones laborales.
Artículo citado en: 6 sentencias
LIBRO I
Relaciones individuales
Artículos 17 a 281
TÍTULO I
Normas generales de proteccion del trabajo
Artículos 17 a 61
CAPÍTULO I
Protección del trabajo de nacionales
Artículos 17 a 20.a
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