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TÍTULO XII

Artículo 1059

Codigo de Trabajo

La resolución del Juez que convierte la multa en arresto o sanciona la mora en el pago de la multa como desacato en los casos a que se refiere el primer párrafo del artículo anterior, no admite recurso alguno. Sin embargo, queda a salvo el derecho del sancionado a probar, en cualquier tiempo, con la presentación del recibo o liquidación correspondiente, que la multa fue pagada total o parcialmente.

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