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Artículo 292

Codigo de Recursos Minerales

Bajo la dirección y responsabilidad inmediata del Ministro y dentro del Ministerio de Comercio e Industrias, créase un organismo denominado Dirección General de Recursos Minerales con el fin de asegurar la eficacia de las funciones técnicas y administrativas relacionadas con la aplicación de este Código. Para dirigir esta Dirección General, créase el cargo de Director General de Recursos Minerales. Artículo modificado por el Artículo 1 del Decreto de Gabinete 404 del 29 de diciembre de 1970, publicada en la Gaceta Oficial 16,764 del 5 de enero de 1971.

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