Artículo 213
Codigo de Recursos Minerales
Los pagos de cánones superficiales se harán por anualidades adelantadas y los de regalía por trimestres
vencidos dentro de un período de sesenta (60) días contados a partir de la fecha en que se adeuden.
Los cánones superficiales se computarán basándose en el total de la superficie retenida al principio de
cada año.
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