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Artículo 178

Codigo de Recursos Minerales

Las concesiones de exploración, extracción, transporte o beneficio se otorgarán dentro de un período de veinte (20) días a partir de la fecha de la Resolución sobre elegibilidad de solicitud, a menos que antes de que expire el plazo de veinte (20) días se presente una oposición ante la Dirección General de Recursos Minerales. Capítulo III Reglas aplicables a las Solicitudes en Competencia

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