Artículo 178
Codigo de Recursos Minerales
Las concesiones de exploración, extracción, transporte o beneficio se otorgarán dentro de un período de
veinte (20) días a partir de la fecha de la Resolución sobre elegibilidad de solicitud, a menos que antes
de que expire el plazo de veinte (20) días se presente una oposición ante la Dirección General de
Recursos Minerales.
Capítulo III
Reglas aplicables a las Solicitudes
en Competencia
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