CAPÍTULO III
Artículo 53
Codigo Procesal Penal
Impedimentos en la fase de investigación.
El Juez de Garantías, durante la fase de investigación, únicamente podrá invocar como causales de impedimento las siguientes:
El parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de alguna de las partes.
El haber intervenido durante la formación del acto que originó la actuación correspondiente.
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