Matlock

Sección 4.8 Conflictos de Competencia Artículo 41. Declinatoria de competencia. La falta de competencia objetiva será declarada

Artículo 92

Codigo Procesal Civil

Sociedades de hecho. Las uniones, asociaciones o comités, cuando no tengan personalidad jurídica, pueden ser demandantes o demandadas con la intervención de las personas que los representen.

¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?

Pregúntale a Matlock →
¿Prefieres que te lo lean o resuman? Prueba DocuVoice, nuestro lector de documentos con IA.