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Sección 3.8 Documentos Privados Artículo 473. Autenticidad del documento privado. El documento privado es auténtico en los sigu

Artículo 737

Codigo Procesal Civil

Ejecución de la obligación de no hacer y por obligación condicional. Cuando se pida ejecución por perjuicios derivados del incumplimiento de una obligación de no hacer o la destrucción de lo hecho, a la demanda deberá acompañarse el documento privado que provenga del deudor, el documento público, la confesión judicial, el título, la inspección, el laudo o sentencia que pruebe la contravención o el título que preste mérito ejecutivo. De la misma manera, deberá acreditarse el cumplimiento de la condición suspensiva cuando la obligación estuviera sometida a ella. 285

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