Sección 3.8 Documentos Privados Artículo 473. Autenticidad del documento privado. El documento privado es auténtico en los sigu
Artículo 544
Codigo Procesal Civil
Procedencia de la caducidad. La caducidad de la instancia o abandono procederá en todos los procesos. Sin embargo, en los procesos ejecutivos solo se decretará el desembargo de los bienes o el levantamiento del secuestro, los cuales no podrán secuestrarse o embargarse en el mismo proceso antes de un año.
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