Artículo 12
Codigo Procesal Civil
Juez natural. El juez natural implica que sea un juez con competencia para administrar justicia en cada caso concreto y decidir la cuestión sustancial en litigio, idóneo, independiente e imparcial, para que pueda ser justa y conforme a derecho la decisión judicial. También es juez natural quien asuma el conocimiento de un proceso en reemplazo de otro juez conforme a lo establecido en la ley.
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