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CAPÍTULO I

Artículo 115

Codigo Penal

La pena se extingue: Por la muerte del sentenciado. Por el cumplimiento de la pena Por el perdón de la víctima, en los casos autorizados por la ley. Por el indulto. Por la amnistía. Por la prescripción. Por la rehabilitación. En los demás casos que establezca la ley.

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