Sección 3ª
Artículo 93
Codigo Judicial de Panama
La Sala Primera conoce en segunda instancia:
1.
De los negocios civiles de que conocen en primera instancia los Tribunales de
Distrito Judicial en los cuales haya lugar a consulta, o apelación de autos y sen-
tencias; y
2.
De las apelaciones contra las resoluciones del Director del Registro Público.
Sección 4ª
Sala Segunda, de lo Penal
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