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Sección 3ª

Artículo 93

Codigo Judicial de Panama

La Sala Primera conoce en segunda instancia: 1. De los negocios civiles de que conocen en primera instancia los Tribunales de Distrito Judicial en los cuales haya lugar a consulta, o apelación de autos y sen- tencias; y 2. De las apelaciones contra las resoluciones del Director del Registro Público. Sección 4ª Sala Segunda, de lo Penal

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