Matlock

Sección 8ª

Artículo 366

Codigo Judicial de Panama

La Dirección del Instituto de Medicina Legal, así como todo su personal subalterno, será nombrado por el Procurador General de la Nación, de acuerdo con las normas de la Ley de Carrera Judicial.

¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?

Pregúntale a Matlock →
¿Prefieres que te lo lean o resuman? Prueba DocuVoice, nuestro lector de documentos con IA.