Sección 4ª
Artículo 359
Codigo Judicial de Panama
El Fiscal Superior del Ambiente, además de las funciones establecidas para
los fiscales superiores en el Código Judicial, tendrá las siguientes atribuciones especiales:
1.
Practicar todas las diligencias para el esclarecimiento de los delitos contra el
ambiente, cuando por cualquier circunstancia sean afectados los recursos naturales y
el ambiente;
2.
Indagar a los sindicados y practicar las pruebas para el esclarecimiento del hecho
punible;
3.
Colaborar estrechamente con la Autoridad Nacional de Ambiente;
4.
Ejercer todas las acciones necesarias y convenientes, a fin de descubrir los actos
ilícitos contra el ambiente sano y libre de contaminaciones.
Sección 5ª
Fiscales de Distrito Judicial
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