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Sección 4ª

Artículo 359

Codigo Judicial de Panama

El Fiscal Superior del Ambiente, además de las funciones establecidas para los fiscales superiores en el Código Judicial, tendrá las siguientes atribuciones especiales: 1. Practicar todas las diligencias para el esclarecimiento de los delitos contra el ambiente, cuando por cualquier circunstancia sean afectados los recursos naturales y el ambiente; 2. Indagar a los sindicados y practicar las pruebas para el esclarecimiento del hecho punible; 3. Colaborar estrechamente con la Autoridad Nacional de Ambiente; 4. Ejercer todas las acciones necesarias y convenientes, a fin de descubrir los actos ilícitos contra el ambiente sano y libre de contaminaciones. Sección 5ª Fiscales de Distrito Judicial

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