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Sección 4ª

Artículo 354

Codigo Judicial de Panama

Por delegación expresa, el Fiscal Delegado II de la Procuraduría General de la Nación ejercerá las funciones del Procurador General de la Nación cuando se trate de delitos contra la administración pública cometidos por servidores públicos a quienes el se- gundo le corresponda investigar.

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