Sección 4ª
Artículo 354
Codigo Judicial de Panama
Por delegación expresa, el Fiscal Delegado II de la Procuraduría General de
la Nación ejercerá las funciones del Procurador General de la Nación cuando se trate de
delitos contra la administración pública cometidos por servidores públicos a quienes el se-
gundo le corresponda investigar.
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