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Sección 1ª

Artículo 343

Codigo Judicial de Panama

El personal de la Procuraduría General de la Nación y el de todas las demás agencias del Ministerio Público, con exclusión de la Procuraduría de la Administración, así como la escala salarial, se establecerán en la organización administrativa que apruebe la Procuraduría General de la Nación, de acuerdo con el límite del Presupuesto General del Estado.

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