TÍTULO I
Artículo 2
Codigo Judicial de Panama
Los magistrados y jueces son independientes en el ejercicio de sus funciones y
no están sometidos más que a la Constitución y a la ley. Los inferiores están obligados a
acatar y cumplir las decisiones que en los procesos dicten sus superiores jerárquicos al
revocar o reformar, en virtud de recursos legales o de consultas, las resoluciones emitidas
por aquellos.
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