Sección 1ª
Artículo 118
Codigo Judicial de Panama
En la República habrá cinco Tribunales Superiores que se denominarán así:
Primer Tribunal Superior del Primer Distrito Judicial, que conocerá de asuntos civiles en las
provincias de Panamá, Colón, Darién y la Comarca de San Blas; Segundo Tribunal Superior
del Primer Distrito Judicial, que conocerá de los asuntos penales en las mismas provincias;
un Tribunal Superior del Segundo Distrito Judicial, que conocerá de las causas civiles y
penales en las provincias de Coclé y Veraguas; un Tribunal Superior del Tercer Distrito
Judicial, que conocerá de los asuntos civiles y penales en las provincias de Chiriquí y Bocas
del Toro; y un Tribunal Superior del Cuarto Distrito Judicial, que conocerá de los asuntos
civiles y penales en las provincias de Herrera y Los Santos.
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