Sección anterior, funcionará un Almacén destinado a depositar en él, aquellas sustancias
Artículo 763
Codigo Fiscal
Son objeto del Impuesto de Inmuebles todos los terrenos situados en el territorio
jurisdiccional de la República, así como los edificios y demás construcciones
permanentes hechas o que se hicieren sobre dichos terrenos; tengan éstos o no
Título de Propiedad, inscrito en el Registro Público de la Propiedad.
Artículo modificado por el Artículo 15 del Decreto de Gabinete 30 de 6 de
febrero de 1969, publicada en la Gaceta Oficial 16,294 de 6 de febrero de 1969.
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