Sección anterior, funcionará un Almacén destinado a depositar en él, aquellas sustancias
Artículo 493
Codigo Fiscal
Las mercaderías en tránsito consignadas a personas residentes en la República,
contempladas en el Artículo 608, Inciso 22, no causarán derechos consulares.
Este artículo comenzará a regir cuando entre en vigencia el nuevo Arancel de
Importación.
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