Sección III
Artículo 302
Codigo Fiscal
La regulación del Servicio de correos y de telecomunicaciones debe acomodarse a las
disposiciones de los respectivos convenios internacionales; en defecto de ellas a las
contenidas en este Código o en sus leyes complementarias y a falta de éstas, a la
regulación del Órgano Ejecutivo.
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