Sección Cuarta
Artículo 1202
Codigo Fiscal
Si el solicitante desea que se le dirijan las notificaciones a dirección postal distinta de la
consignada en el memorial de solicitud, deberán manifestarlo así por escrito o
verbalmente al funcionario o empleado que tramita el expediente. Si la manifestación es
verbal, se tomará nota de ella en el expediente, la cual será suscrita por el interesado.
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