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CAPÍTULO III

Artículo 795

Codigo de la Familia

Los procedimientos especiales son tres: la declaratoria judicial del matrimonio de hecho, el proceso de alimentos y el proceso especial de reconocimiento. Artículo reformado por la Ley 39 de 30 de abril de 2003, publicada en la Gaceta 24794 de 6 de mayo de 2003. De la Declaratoria Judicial

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