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CAPÍTULO II EL ABOGADO Y LA CLIENTELA

Artículo 13

Codigo de Etica y Responsabilidad Profesional del Abogado

Es deber del abogado guardar los secretos y confidencias de su cliente. Este debe perdurar aún despu‚s de la terminación de los servicios y se extiende a los empleados del abogado y ni ‚ste ni aquellos podrán ser forzados a revelar tales confidencias, salvo que ello sea autorizado por el cliente. El abogado que sea objeto de una acusación por parte de su cliente, puede revelar el secreto profesional que su acusador le hubiere confiado, si es necesario para su defensa.

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