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CAPÍTULO II EL ABOGADO Y LA CLIENTELA

Artículo 12

Codigo de Etica y Responsabilidad Profesional del Abogado

El abogado está en la obligación de emplear todos sus conocimientos en la defensa de los intereses que represente. El abogado no debe permitir que el temor al disfavor judicial y el desagrado público afecten el pleno desempeño de su deber. El abogado debe hacer sus mayores esfuerzos para impedir que sus clientes hagan aquellas cosas que ‚l mismo no deba hacer, especialmente con relación a su conducta para con los funcionarios, jueces, testigos y partes. Si un cliente persiste en tales procedimientos incorrectos, el abogado debe poner fin a sus relaciones con ‚l.

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