TÍTULO III
Artículo 95
Codigo Electoral
Los partidos políticos podrán importar libre de impuestos artículos de propaganda partidaria con sus
respectivos distintivos que no se produzcan en Panamá, previa certificación del Ministerio de Comercio e Industrias.
No 25739
Gaceta Oficial Digital, miércoles 28 de febrero de 2007
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