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TÍTULO III

Artículo 95

Codigo Electoral

Los partidos políticos podrán importar libre de impuestos artículos de propaganda partidaria con sus respectivos distintivos que no se produzcan en Panamá, previa certificación del Ministerio de Comercio e Industrias. No 25739 Gaceta Oficial Digital, miércoles 28 de febrero de 2007

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