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Sección 2ª.

Artículo 563

Codigo Electoral

El salario y los gastos de representación de los Jueces Penales Electorales y de los Delegados de la Fiscalía General Electoral no serán inferiores al de los Jueces de Circuito, y tendrán las mismas restricciones y prerrogativas que el Código Judicial establece para los jueces de circuito. No 25739 Gaceta Oficial Digital, miércoles 28 de febrero de 2007 Sección 3a. Procedimiento para los delitos electorales

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