Sección 2ª.
Artículo 563
Codigo Electoral
El salario y los gastos de representación de los Jueces Penales Electorales y de los Delegados de la Fiscalía
General Electoral no serán inferiores al de los Jueces de Circuito, y tendrán las mismas restricciones y prerrogativas que el
Código Judicial establece para los jueces de circuito.
No 25739
Gaceta Oficial Digital, miércoles 28 de febrero de 2007
Sección 3a.
Procedimiento para los delitos electorales
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